Formatos y estándares · 2 min de lectura · 21 de octubre de 2026

Cómo facturar a la Administración pública: FACe, Facturae y DIR3

Si trabajas para un ayuntamiento, una comunidad autónoma o un ministerio, la factura tiene que ser electrónica desde 2015. Te explicamos los pasos y los errores que hacen que te la rechacen.

Quién está obligado

La Ley 25/2013 obliga a presentar factura electrónica a las administraciones públicas a las sociedades anónimas y limitadas, entre otras entidades. Las personas físicas (autónomos) no están obligadas por esa ley, aunque pueden usar el mismo sistema. Las administraciones pueden eximir las facturas de hasta 5.000 euros.

Abre tu factura electrónica gratis. Arrastra tu Facturae, UBL o Factur-X al visor: la verás como una factura normal, sin subir el archivo.

Abrir el visor

Paso 1: genera la factura en Facturae

La factura tiene que estar en formato Facturae (versión 3.2.x) y firmada electrónicamente con XAdES. Puedes hacerla con tu programa de facturación o con la aplicación gratuita del portal facturae.gob.es.

Paso 2: incluye los códigos DIR3

Toda factura a la Administración tiene que llevar tres códigos del directorio común de unidades (DIR3):

  • Oficina contable: la que registra la factura.
  • Órgano gestor: el que tramita el gasto.
  • Unidad tramitadora: la que gestiona el expediente.

Te los tiene que dar la administración que te contrata (suelen venir en el contrato o en el pedido). También se pueden consultar en el directorio de FACe.

Paso 3: preséntala en FACe o en el punto de la administración

FACe es el punto general de entrada de facturas de la Administración General del Estado, al que se han adherido muchas comunidades autónomas y entidades locales. Otras tienen su propio punto. En FACe puedes subir la factura con certificado digital y seguir su estado: registrada, contabilizada, conformada, pagada o rechazada.

Errores más habituales

  • Códigos DIR3 equivocados o en el orden incorrecto: es la causa de rechazo más frecuente.
  • NIF del órgano mal escrito. Compruébalo con el validador de NIF.
  • Firma caducada o certificado no válido.
  • Totales que no cuadran por redondeos de las líneas.
  • Falta el número de expediente o de pedido que exige la administración.

Revisa la factura antes de enviarla

Abre el .xsig en el visor: verás los datos de las partes, los códigos de los centros administrativos, los impuestos y los totales, y te avisará si algo no cuadra. Lo explicamos en cómo abrir un archivo .xsig.

Preguntas frecuentes

¿Un autónomo tiene que usar FACe?

La Ley 25/2013 no obliga a las personas físicas, pero cada administración puede pedirlo y FACe está abierto a todos.

¿Dónde encuentro los códigos DIR3?

En el contrato o el pedido de la administración, o en el directorio de unidades de FACe.

¿Puedo enviar la factura en UBL a FACe?

FACe trabaja con Facturae. Consulta si la administración concreta admite otros formatos.

¿Cuánto tarda en pagar la Administración?

El plazo legal general es de 30 días desde la aprobación de la conformidad. En FACe puedes seguir el estado de cada factura.