Datos de la factura · 2 min de lectura · 21 de octubre de 2026
Qué datos tiene que llevar una factura: lista completa
Una factura incompleta puede costarle a tu cliente la deducción del IVA y a ti una sanción. Esta es la lista de lo que tiene que llevar, según el Reglamento de facturación.
Factura completa (artículo 6 del RD 1619/2012)
- Número y, en su caso, serie. Correlativo dentro de cada serie.
- Fecha de expedición.
- Nombre y apellidos o razón social del emisor y del destinatario.
- NIF del emisor y, en general, del destinatario. Compruébalos con el validador de NIF.
- Domicilio del emisor y del destinatario (si el destinatario es empresario o profesional).
- Descripción de las operaciones, con los datos necesarios para calcular la base imponible: cantidad, precio unitario sin IVA y descuentos.
- Tipo de IVA aplicado.
- Cuota de IVA, desglosada.
- Fecha de la operación, si es distinta de la de expedición.
Valida un NIF, NIE o CIF. Comprueba al momento si el número y la letra de control son correctos.
Validar NIFMenciones especiales
Cuando corresponda, la factura tiene que indicar:
- Operación exenta: el artículo de la Ley del IVA o la directiva que la ampara.
- Inversión del sujeto pasivo: la mención «Inversión del sujeto pasivo».
- Régimen especial del criterio de caja: la mención «Régimen especial del criterio de caja».
- Facturación por el destinatario: «Facturación por el destinatario».
- Régimen de agencias de viajes o de bienes usados: su mención específica.
Retención de IRPF
Si eres profesional y facturas a una empresa o a otro profesional, normalmente tienes que aplicar la retención de IRPF (con carácter general, el 15 %, o el 7 % en los primeros años de actividad). No es un requisito del Reglamento de facturación, pero la factura debe reflejarla para que el total a pagar sea correcto.
Factura simplificada (ticket)
Se puede emitir si el importe no supera 400 euros con IVA (3.000 en ciertos sectores). Requisitos mínimos: número y serie, fecha, NIF y nombre del emisor, identificación de lo vendido, tipo de IVA (o «IVA incluido») y total. Más en VERI*FACTU y los tickets.
Lo que añade VERI*FACTU
Si emites con un programa sujeto a VERI*FACTU, la factura llevará además el código QR y, en esa modalidad, la frase «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT».
Lo que no es obligatorio (pero conviene)
- Forma de pago, IBAN y fecha de vencimiento.
- Número de pedido o de contrato del cliente.
- Datos de contacto.
Comprueba una factura en segundos
Si la factura es electrónica (XML), ábrela con el visor: revisa que el NIF de emisor y cliente esté bien formado, que el IBAN sea válido y que las líneas, impuestos y totales cuadren.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio poner el IBAN en la factura?
No es un requisito del Reglamento de facturación, pero es la forma habitual de indicar dónde pagar.
¿Puedo saltarme un número de factura?
No. La numeración tiene que ser correlativa dentro de cada serie. Si anulas una, debe quedar constancia.
¿Qué pasa si falta un dato?
El emisor debe corregirlo con una factura rectificativa. Sin los datos correctos, el cliente puede perder el derecho a deducir el IVA.
¿Hace falta firmar la factura?
Una factura en papel no necesita firma. Una electrónica debe garantizar autenticidad e integridad, por ejemplo con firma electrónica o con el sistema de envío.