VERI*FACTU · 2 min de lectura · 21 de octubre de 2026

Sanciones de VERI*FACTU: qué multas hay y cómo evitarlas

El reglamento de los programas de facturación tiene detrás un régimen sancionador muy duro, pensado para acabar con el software que permite ocultar ventas. Te explicamos qué multas hay.

De dónde salen las sanciones

La Ley 11/2021, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, añadió a la Ley General Tributaria el artículo 201 bis. Tipifica como infracción grave fabricar, vender, tener o usar sistemas de facturación que no cumplan los requisitos, en especial los que permiten llevar contabilidades dobles o alterar ventas sin dejar rastro.

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Multa para quien usa el programa

Multa fija de 50.000 euros por cada ejercicio para la empresa o el autónomo que tenga un sistema que no cumpla, cuando no esté certificado estando obligado a ello o cuando se haya alterado o modificado. Es una infracción grave.

Multa para quien lo fabrica o lo vende

150.000 euros por ejercicio y por cada tipo de programa para los fabricantes, comercializadores y desarrolladores que produzcan o vendan sistemas que no cumplan o que no tengan la declaración responsable. Además, hay una multa de 1.000 euros por cada sistema vendido sin certificar.

Qué conductas se persiguen

  • Programas que permiten borrar o modificar facturas sin dejar rastro.
  • Programas con «doble caja» o funciones ocultas para no registrar ventas.
  • Programas sin la declaración responsable del fabricante.
  • Alterar el programa para saltarse los controles.

Cómo evitarlas

  1. Pide la declaración responsable a tu proveedor de software y guárdala.
  2. No uses programas «piratas» ni versiones modificadas.
  3. Actualiza el programa antes de tu fecha: según el BOE, el 1 de enero de 2027 para sociedades y el 1 de julio de 2027 para autónomos (Hacienda ha anunciado un aplazamiento a 2028 que aún no se ha publicado).
  4. Si dudas, usa la aplicación gratuita de la Agencia Tributaria.
  5. Revisa el QR de tus propias facturas con la herramienta comprobar QR.

¿Y si mi proveedor me ha engañado?

La sanción al usuario está pensada para quien usa un sistema no certificado o alterado. Si contrataste un programa con su declaración responsable y lo usas sin manipularlo, estás actuando con diligencia. Conserva el contrato y la declaración por si los necesitas.

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo se pueden poner estas multas?

Desde que te obliga el reglamento: según el BOE, el 1 de enero de 2027 para sociedades y el 1 de julio de 2027 para autónomos.

¿La multa de 50.000 euros es por factura?

No, es por ejercicio.

¿Me pueden multar si hago facturas a mano?

No por VERI*FACTU, que solo afecta a quien usa un sistema informático. Pero tus facturas tienen que cumplir los requisitos generales.

¿Dónde está la declaración responsable?

El fabricante tiene que ponerla a disposición de los usuarios, normalmente en el propio programa o en su web.