Factura electrónica obligatoria · 2 min de lectura · 21 de octubre de 2026

La solución pública de facturación electrónica de la AEAT

La Agencia Tributaria pondrá en marcha una plataforma gratuita para emitir, recibir y guardar facturas electrónicas. Te explicamos qué hará y cómo encaja con las plataformas privadas.

Qué es

Es el servicio público y gratuito de facturación electrónica que regula la Orden HAC/1028/2026, publicada en el BOE el 5 de octubre de 2026 y en vigor desde el día 6. Forma parte del sistema de la factura electrónica obligatoria entre empresas.

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Para qué sirve

  • Emitir facturas electrónicas a otras empresas y profesionales.
  • Recibir las facturas de tus proveedores.
  • Guardar las facturas emitidas y recibidas.
  • Comunicar los estados: aceptación, rechazo y fecha de pago.
  • Recibir la copia de las facturas que se emiten por plataformas privadas.

Dos caminos: solución pública o plataforma privada

Las empresas pueden elegir. Si usan una plataforma privada de intercambio, esas plataformas tendrán que conectarse entre sí y con la solución pública. Además, quien emita por una plataforma privada tendrá que enviar a la solución pública una copia de cada factura en formato UBL en el mismo momento de emitirla.

Por eso es previsible que UBL se convierta en el formato más extendido en España, aunque Facturae, CII y EDIFACT también son válidos.

Cuándo estará disponible

La normativa establece que la solución pública debe estar disponible al menos dos meses antes de que empiece la primera obligación, que es el 6 de octubre de 2027 para las empresas de más de 8 millones de euros. Cuando la Agencia Tributaria publique los detalles de acceso, lo contaremos en novedades.

¿Para quién tiene sentido?

  • Autónomos y pequeñas empresas que emiten pocas facturas a empresas.
  • Quien no quiere pagar una plataforma privada.
  • Quien necesita consultar las facturas que recibe en un único sitio.

Si emites muchas facturas o necesitas integrarlas con tu contabilidad, puede compensar un programa o una plataforma que lo automatice. Te damos criterios en cómo elegir programa.

Lo que no es

No es la aplicación gratuita de facturación de VERI*FACTU, que es otra herramienta para cumplir otra obligación (la de los programas de facturación). Y no sustituye a FACe, que sigue siendo el canal para facturar a la Administración.

Preguntas frecuentes

¿La solución pública será gratuita?

Sí, es un servicio público gratuito de la Agencia Tributaria.

¿Estoy obligado a usarla?

No. Puedes usar la solución pública o una plataforma privada. Si usas una privada, tendrás que enviar a la solución pública una copia de cada factura en UBL.

¿Cómo abriré las facturas que reciba?

La propia plataforma las mostrará. Si descargas el XML, también puedes abrirlo con el visor de VisorFactura.

¿Desde cuándo cuentan los plazos?

Desde el 6 de octubre de 2026, cuando entró en vigor la Orden HAC/1028/2026.